30/09/2024
A la fecha, se importaron más de 2,5 millones de litros de diésel destinados al consumo propio, informó el Ministerio de Hidrocarburos y Energías.
Este suministro fue gestionado a través de ocho empresas autorizadas que operan bajo el marco del Decreto Supremo 5218, que establece procedimientos para la importación de combustibles.
Hasta el momento, 60 empresas iniciaron los trámites para la importación directa de combustible, lo que se facilitará gracias a la norma mencionada. Este decreto tiene como objetivo simplificar los trámites de internación del combustible y agilizar la emisión de autorizaciones para la importación de hidrocarburos y sus productos refinados.
El proceso de importación se compone de cuatro pasos, el primero es obtener un certificado de no objeción del importador, emitido por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), que tiene un plazo de un día. A esto le sigue el trámite ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) para obtener la resolución administrativa de autorización de importación, con un plazo de dos días.
Una vez obtenido el registro, el administrador debe incorporar la actividad de importador en el registro de la Dirección General de Sustancias Controladas (DGSC) y acceder al trámite de licencia previa de importación del producto. Finalmente, se debe presentar la declaración de importación de mercadería ante la ANH. La cantidad máxima de combustible a importar se evaluará de acuerdo a la capacidad de la empresa o aparato productivo.
El sector privado ahora tiene la alternativa de importar productos refinados para su consumo propio, asegurando el cumplimiento de los estándares necesarios en la importación de carburantes demandados en el mercado interno. Cualquier persona jurídica o natural, así como empresas legalmente constituidas, pueden migrar a la plataforma habilitada para realizar este trámite y obtener la licencia previa de importación.
Asimismo, existen tres escenarios para la importación. En el primero se identifica una empresa que ya tiene un registro, el cual debe ser actualizado a un estado de importador. En el segundo, una nueva empresa puede iniciar el proceso desde la elaboración de un registro, conforme al Decreto 4911. Por último, el tercer escenario permite la emisión directa de la licenciada previa de importación.
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